La Fiscalía estudia todos los casos de revisiones de sentencia en los que la entrada en vigor de la ‘Ley del sólo sí es sí’ o ‘Ley Montero’ ha servido para rebajar años de cárcel a condenados por delitos sexuales por las nuevas penas mínimas que recoge la norma. Para los próximos casos en los que tiene que emitir informe, tratará de que la rebaja se produzca en el mínimo de casos, siempre que haya margen para ello.
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, todavía no ha decidido emitir una circular en la que se recomiende a los fiscales cómo actuar de manera unificada. De momento, en la Fiscalía se estudia caso por caso, según trasladan fuentes internas. El jueves, la jefa de la Secretaría Técnica emitió un oficio para reclamar a todos los fiscales superiores los autos dictados por los juzgados o tribunales de justicia de su territorio en los que se haya procedido a la revisión de sentencias firmes condenatorias para ver qué criterios han seguido.
Según afirmó este jueves el propio fiscal general durante el VIII Congreso del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, el Ministerio Público dará «prioridad de amparo a las víctimas». En los casos en que se han reducido las penas en situaciones en las que había una horquilla penológica para hacerlo, se intentará que se mantengan las condenas conforme estaban para impedir un daño inesperado a la víctima. En los que se haya modificado la pena mínima porque era la menor posible en una condena y ahora la ley refleja menos años de prisión para esa pena mínima, será difícil que los tribunales acepten no realizar el cambio a pesar de que los fiscales lo pidan.
Esto sucede porque cuando hay modificaciones legales que beneficien al reo éstas se deben aplicar, según lo previsto en el artículo 2.2 del Código Penal, así como por el principio constitucional de irretroactividad de las normas desfavorables.
El Supremo se pronunciará próximamente
El Tribunal Supremo resolverá próximamente con el nuevo marco de la ‘Ley Montero’ sobre un caso de violación en Mallorca. Un hombre de 53 años fue condenado a 12 años de prisión por la agresión sexual a su sobrina menor. Antes de la reforma, las penas mínimas para las violaciones iban de 12 a 15 años. Ahora, van de 7 a 12 años. Tanto la familia de la víctima como la Fiscalía consideran que no debería revisarse su caso porque la pena impuesta queda contenida en el tipo penal y existen agravantes como la proximidad familiar de la víctima con el agresor.
No es el único caso que resolverá el alto tribunal. Ya hay cientos de recursos de casación que estaban en curso en los que las defensas han pedido tener en cuenta el nuevo marco legal. El alto tribunal creará jurisprudencia con sus resoluciones aunque fuentes de la Sala Segunda advirtieron a El Independiente que será difícil unificar criterio.